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flag La Corte Suprema establece que los plazos de investigación son excepciones, no la norma, para proteger la equidad judicial y la autoridad ejecutiva.

flag El Tribunal Supremo dictaminó que los tribunales no deberían imponer rutinariamente plazos de investigación, indicando que tales medidas son excepciones, no la norma. flag Los plazos solo están justificados cuando hay evidencia clara de retraso indebido o inacción que amenaza un juicio rápido bajo el Artículo 21. flag El Tribunal hizo hincapié en que las investigaciones requieren flexibilidad debido a su complejidad y que fijar plazos desde el principio infringiría la autoridad ejecutiva. flag Reafirmó la necesidad de una intervención judicial solo cuando los retrasos perjudican a los acusados, garantizando que la justicia no se retrase indebidamente, respetando al mismo tiempo la autonomía de la investigación. flag El fallo también limitó las órdenes de protección contra las acciones coercitivas a dos semanas, permitiendo que se tomen medidas legales a partir de entonces.

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