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La Corte Suprema de la India dictamina que los regalos islámicos orales son válidos si la intención, la aceptación y la posesión se prueban.
El Tribunal Supremo de la India dictaminó que un regalo (hiba) bajo la ley mahometana es válido sin un documento escrito si el donante claramente tiene la intención de dar, el receptor acepta y la posesión se transfiere, ya sea físicamente o constructivamente.
El tribunal hizo hincapié en que la prueba de la posesión, como el cobro de la renta o la solicitud de mutación, es esencial para confirmar la finalización del regalo.
Una vez cumplidas estas condiciones, el regalo es irrevocable, independientemente de la documentación.
La decisión, derivada de una disputa de tierras de Karnataka, respalda los regalos orales bajo la ley personal islámica.
India's Supreme Court rules oral Islamic gifts valid if intent, acceptance, and possession are proven.